miércoles, 10 de septiembre de 2008

INSTRUCCIONES DE COMIENZO DE CURSO 2008/2009



INSTRUCCIONES CONJUNTAS DE FECHA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2008 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL, LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS E INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA PARA EL COMIENZO DEL CURSO ESCOLAR 2008/09 EN CUANTO A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA.
Folio 1/14
Los centros educativos son estructuras dinámicas y complejas cuya organización y
funcionamiento requieren una cierta concreción y actualización de las normas básicas para dar
respuestas a nuevas situaciones. Por ello, desde la entrada en vigor del Decreto 128/1998, de 6
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil
y de los colegios de educación primaria
(BOC nº 106, de 21 de agosto), última norma de
mayor rango que regula los aspectos esenciales de la organización y funcionamiento de los
centros escolares de educación infantil y primaria, se han ido dictando órdenes de desarrollo
para, de una parte, ir ajustando las prescripciones básicas contenidas en el mencionado Decreto
a las necesidades de los centros y, de otra, acomodar su aplicación a los cambios legales que se
han producido a lo largo de este tiempo.
En este sentido mediante Orden de 28 de julio de 2006 de la Consejería de Educación, Cultura y
Deportes del Gobierno de Canarias, se aprueban las Instrucciones de organización y
funcionamiento de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria

dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias.
(BOC nº 161, de 18 de agosto).
La Disposición Final Primera de la mencionada Orden de 28 de julio de 2006 faculta a los
distintos Centros Directivos de la Consejería para la interpretación y ejecución de lo dispuesto
en la misma y, en particular, para dictar y divulgar en la Web de la Consejería de Educación,
Universidades, Cultura y Deportes las instrucciones necesarias para su aplicación a los centros
docentes.
En este sentido, es necesario hacer referencia a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), que constituye en este momento el marco legal
básico a partir del cual nuestra Comunidad Autónoma, en el ámbito de sus competencias,
puede hacer su propio desarrollo normativo.
Por Decreto 126/2007, de 24 de mayo, se establece la ordenación y el currículo de la
Educación Primaria
en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 112, de 6 de junio).
Por Decreto 183/2008, de 29 de julio, se establece la ordenación y el currículo del 2º ciclo de
la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias
. (BOC nº 163, de 14 de
agosto).
Folio 2/14
Para el curso pasado 2007/08, mediante Resolución de 3 de agosto de 2007 de la Dirección
General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se dictaron
instrucciones para la aplicación de la Orden de 28 de julio de 2006 de la citada Consejería y se
reguló la jornada de trabajo, el control de asistencia y puntualidad, la gestión de sustituciones
y tomas de posesión de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación
Primaria, cuya vigencia abarcaba el curso 2007/08 (BOC nº 169, de 23 de agosto
). Finalizada
su vigencia procede regular éstas y otras materias para los cursos sucesivos.
También, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa ha hecho pública su
Resolución de 16 de julio de 2008, por la que se dictan instrucciones relativas al horario
escolar semanal de la Educación Primaria para el curso 2008/2009 (BOC nº 155, de 4.8.08).

Por su parte, Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa ha hecho pública la
Resolución de 20 de junio de 2008, por la que se establece el calendario escolar y se dictan
instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo del curso
2008/2009 para todos los centros docentes de enseñanzas no universitarias de la Comunidad
Autónoma de Canarias
(BOC nº 127, de 26.6.08).
Por todo lo anteriormente expuesto, con el fin de garantizar el adecuado inicio del curso
escolar 2008/2009 y lograr una mejor y más eficaz gestión en los centros educativos se dictan
como Anexo I las siguientes Instrucciones conjuntas de la Dirección General de Personal, la
Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y la Dirección General de Centros e
Infraestructura de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
por tratarse
de materias propias de su ámbito de atribuciones.
Los asuntos sobre los que versan las presentes Instrucciones, dentro ámbito de los centros de
Educación Infantil y Primaria dependientes de la Consejería de Educación, Universidades,
Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, son:
1.- JORNADA DE TRABAJO: DESCUENTOS HORARIOS.
2.- CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LA DISPONIBILIDAD HORARIA.
3.- CONTROL DE ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DEL PROFESORADO.
4.- HUELGA.
5.-GESTIÓN DE SUSTITUCIONES.
6.- TOMAS DE POSESIÓN Y CESES.
Las presentes Instrucciones se harán públicas para su divulgación y aplicación general en la Web
de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
(www.gobiernodecanarias.org/educacion) y serán remitidas a través del frontal de Directores a
los mismos para que sean puestas en conocimiento del profesorado de su centro mediante la
publicación en el tablón de anuncios del mismo, así como cualesquiera otra medida que estime
pertinente como titular del centro.
Folio 3/14
Lo que firmamos en Santa Cruz de Tenerife, a 1 de septiembre de 2008.
LA DIRECTORA GENERAL DE PERSONAL

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